Templo Filadelfia: condenaron a 27 personas y ordenaron reparaciones por más de $2170 millones

El Tribunal Oral Federal N°2 de San Martín impuso penas de hasta 24 años de prisión por la organización que operaba bajo una apariencia religiosa y sometía a personas a explotación laboral y servidumbre. Fijó reparaciones por $2.170.467.831,20 para 27 víctimas y ordenó decomisar inmuebles, vehículos y dinero. Durante el juicio se estableció que la estructura funcionó entre 1972 y diciembre de 2020, con sede central en San Justo.
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La reparación económica para 27 víctimas y las condenas a 27 integrantes de la organización del Templo Filadelfia fueron parte del veredicto del Tribunal Oral Federal N°2 de San Martín. Los jueces fijaron un monto de $2.170.467.831,20 para las personas damnificadas e impusieron penas que llegaron a los 24 años de prisión.

Las medidas patrimoniales incluyeron el decomiso de 46 inmuebles distribuidos en Buenos Aires, Mendoza, Entre Ríos, Salta, Córdoba, Tucumán y Río Negro. El tribunal también ordenó decomisar 12 vehículos y el dinero secuestrado en pesos y moneda extranjera. Además, dispuso la subasta de otros 15 automotores, una medida que había sido ordenada durante la instrucción.

Eva Petrona Pereyra recibió la pena más alta, de 24 años. El tribunal la consideró jefa u organizadora de la asociación ilícita y coautora de reducción a la servidumbre y trata de personas con fines de explotación laboral agravada. También la condenó por su participación necesaria en delitos vinculados con la supresión de identidad, sustracción y retención de un menor y falsedad ideológica de documento público.

Rigoberto Ismael Mora Bogado fue condenado a 21 años y otros siete acusados recibieron penas de 18 años. Las condenas coincidieron con las solicitadas por el fiscal general Alberto Gentili. En dos casos, los de Víctor Abraham Ayunta y Damaris Fernanda Sabich, hubo condenas únicamente por asociación ilícita y absoluciones por trata agravada y reducción a la servidumbre.

Durante el debate se estableció que la estructura operó, al menos, desde 1972 hasta el 1° de diciembre de 2020. Tenía su sede principal en San Justo, partido de La Matanza, y anexos en otros puntos del país, Paraguay y Brasil.

Gentili describió un sistema de sometimiento de personas en situación de vulnerabilidad que combinaba trabajo explotado, aislamiento, vigilancia y sanciones. También señaló restricciones sobre los vínculos personales y la vida afectiva de las víctimas.

El fallo declaró, además, la prescripción de determinados hechos que perjudicaron a nueve personas y de una acusación por abuso sexual contra Pereyra.

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