Mendoza habilitó una conciliación gratuita para renegociar deudas de consumo

Los consumidores con domicilio real en Mendoza pueden solicitar una conciliación para renegociar tarjetas, préstamos y otras deudas de consumo. El procedimiento contempla compromisos financieros superiores al 30% del ingreso familiar neto, o al 25% en situaciones de especial vulnerabilidad. Hay un límite de capital adeudado y obligaciones excluidas. Las alternativas incluyen cuotas, quitas y extensión de plazos, pero cualquier cambio requiere un acuerdo con los acreedores.
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Las deudas de tarjetas de crédito y préstamos para consumo pueden negociarse en una instancia gratuita habilitada en Mendoza. El mecanismo permite discutir nuevas condiciones con los acreedores cuando los pagos comprometen los ingresos familiares. No garantiza una reducción de lo adeudado: tanto las quitas como los planes de pago dependen de un acuerdo entre las partes.

La negociación puede incluir más tiempo para cancelar las obligaciones, períodos de espera o la eliminación de intereses punitorios y gastos por mora. También permite plantear nuevos esquemas de cuotas. La Provincia no tiene facultades para imponer esas condiciones de manera unilateral.

Para solicitar la intervención, la persona debe tener domicilio real en Mendoza, ser consumidora final y atravesar una situación grave o inminente de insolvencia personal o familiar. La referencia establecida es que los compromisos financieros excedan el 30% de los ingresos mensuales netos de quienes conviven en el hogar.

Ese umbral baja al 25% para situaciones de especial vulnerabilidad social. Entre los casos contemplados figuran hogares con menores a cargo, personas con discapacidad, jubilados y pensionados que cobran el haber mínimo, personas desempleadas, beneficiarios de programas sociales y trabajadores informales. Además, el capital total adeudado no debe superar el equivalente a 100 salarios mínimos, vitales y móviles vigentes al solicitar la intervención.

El alcance incluye préstamos personales, financiamiento de compras, tarjetas y créditos de plataformas financieras autorizadas, mutuales y cooperativas. Quedan afuera las obligaciones con garantía hipotecaria, las deudas alimentarias, las multas y sanciones penales. Tampoco ingresan las deudas empresariales o comerciales ajenas al consumo familiar.

El trámite comienza ante la Oficina de Conciliación de Reestructuración de Deudas de Consumo (OCDC). Quien lo inicia debe presentar sus acreedores, los importes adeudados y un detalle actualizado de activos y pasivos. Defensa del Consumidor luego cita a los acreedores, que cuentan con hasta 10 días hábiles para informar el origen y el monto actualizado de la deuda, además de los procesos judiciales existentes, cuando corresponda.

Después se realiza una audiencia para buscar un acuerdo. El procedimiento es administrativo, prejudicial y voluntario, y fue establecido por la Resolución 384 de Defensa del Consumidor, publicada el 5 de octubre de 2026 en el Boletín Oficial.

¿Qué condiciones de pago ayudarían a organizar mejor el presupuesto familiar?

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