Los CEDEARs perderían su exención de Ganancias si el Congreso aprueba la reforma

Un proyecto de ley en tratamiento parlamentario busca aplicar el impuesto a las Ganancias a las operaciones con CEDEARs, los certificados que replican activos extranjeros y que hoy cuentan con una exención. La alícuota sería del 15% y regiría para los certificados comprados a partir del 31 de octubre de 2026. Quien ya tiene CEDEARs en cartera no quedaría alcanzado de forma retroactiva.
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Los CEDEARs son certificados que se compran y venden en el mercado local argentino pero representan una inversión en acciones, bonos u otros activos que cotizan en el exterior. Su precio varía según la cotización del activo subyacente en el mercado de origen y según el valor del dólar financiero. Eso les permitió ganar popularidad entre ahorristas e inversores que buscan dolarizarse sin salir del sistema local.

Hasta ahora, esos certificados quedaban amparados por la misma exención de Ganancias que se aplica a los valores negociables argentinos. El proyecto propone cambiar esa lógica: si el activo que está detrás del certificado hubiera estado gravado en una compra directa, el CEDEAR que lo representa quedaría alcanzado por el mismo tratamiento. El criterio se conoce como "transparencia fiscal" o look-through.

La alícuota que se aplicaría es del 15%, según Sebastián Domínguez, titular de SDC Asesores Tributarios. El cambio no sería retroactivo: solo afectaría a los CEDEARs adquiridos a partir del 31 de octubre de 2026, fecha que el proyecto fija como corte.

La diferencia de trato que se busca eliminar es concreta: hoy, quien compra directamente una acción extranjera paga Ganancias, pero quien accede al mismo activo a través de un CEDEAR puede quedar exento. Con la nueva regla, ambas vías tendrían el mismo costo impositivo.

Para un inversor minorista, el impacto dependerá del rendimiento obtenido y del momento en que compró sus posiciones. Las carteras armadas antes del 31 de octubre de 2026 no cambiarían de situación bajo la propuesta vigente.

El proyecto todavía debe ser aprobado por ambas cámaras del Congreso para convertirse en ley. Hasta tanto, el régimen de exención sigue vigente.

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