Natalia Machado, ideología de género y la cacería de brujas que dejó daños económicos, familiares y laborales
Un embargo por alimentos, ya saldado, se mantuvo activo durante un año bajo decisiones cuestionadas, con consecuencias que incluyen despidos, colapso financiero y una menor que terminó viviendo con el padre
El expediente se inicia con una sentencia de alimentos favorable a la madre, con ajuste retroactivo de la cuota provisoria.
La ejecución altera completamente el escenario.
El padre no había sido informado por su abogado del vencimiento del plazo, y en ese contexto la parte actora solicita embargo. La jueza de Familia Natalia Machado autoriza una medida transversal sobre cuentas bancarias.
La ejecución genera embargos superpuestos que retienen un monto muy superior al debido dentro del mismo proceso.
El embargo queda sobrecubierto.
Los fondos excedentes son retirados de la cuenta judicial por la madre, en una maniobra cuestionada en las presentaciones judiciales por tratarse de dinero que no le correspondía, mientras el embargo —ya completamente saldado— no es levantado.
A partir de ahí, el proceso entra en una dinámica sostenida: se ejecuta al padre para obtener dinero mientras se lo bloquea para generar ingresos.
Su actividad económica se paraliza, no puede operar, no puede cumplir obligaciones, y el impacto se traduce en despidos.
El daño alcanza a terceros ajenos al conflicto, a su esposa y a otros tres hijos menores, y se profundiza con la pérdida de acceso a vivienda por la caída de un crédito hipotecario.
Durante meses, las presentaciones para levantar el embargo ya saldado no obtienen respuesta.
La medida continúa.
En paralelo, la hija en común —en cuyo nombre se ejecutó el proceso— declara no haber recibido dinero alguno y se traslada a vivir con el padre.
Pasa a vivir el 100% del tiempo con él.
El objetivo de la medida desaparece, pero la ejecución se sostiene.
Meses después, la jueza Natalia Machado sostiene que el embargo no debe levantarse porque los bancos habrían devuelto fondos.
No hay evidencia documental de ello.
Y además, el argumento es técnicamente inviable, directamente fantasioso: los bancos no tienen forma de verificar el estado global de un embargo ni el destino de los fondos en una cuenta judicial. Esa responsabilidad es del juzgado. Aun más grave, la inconsistencia de esa afirmación deja en evidencia que ni siquiera se habría verificado la cuenta judicial, donde consta que el total de los fondos fue retirado por la madre, sin registro concreto de devolución alguna.
Pero incluso si ese escenario fuera cierto, el punto central no cambia:
el embargo ya estaba cubierto.
Y aun así, no se levantó.
El daño siguió acumulándose.
La situación escala hasta afectar el historial crediticio del padre por una deuda mínima generada por el propio embargo, bloqueando completamente su acceso al sistema financiero.
A un año, el embargo continúa vigente.
Ahora el caso avanza hacia una demanda contra el Estado.
Un embargo ya saldado que no se levanta.
Fondos excedentes retirados y cuestionados judicialmente.
Una menor que no recibe el dinero y vive con el padre.
Una actividad económica destruida.
Trabajadores despedidos.
Cuando una ejecución se sostiene aun sin fundamento, deja de ser un error aislado.
La ejecución altera completamente el escenario.
El padre no había sido informado por su abogado del vencimiento del plazo, y en ese contexto la parte actora solicita embargo. La jueza de Familia Natalia Machado autoriza una medida transversal sobre cuentas bancarias.
La ejecución genera embargos superpuestos que retienen un monto muy superior al debido dentro del mismo proceso.
El embargo queda sobrecubierto.
Los fondos excedentes son retirados de la cuenta judicial por la madre, en una maniobra cuestionada en las presentaciones judiciales por tratarse de dinero que no le correspondía, mientras el embargo —ya completamente saldado— no es levantado.
A partir de ahí, el proceso entra en una dinámica sostenida: se ejecuta al padre para obtener dinero mientras se lo bloquea para generar ingresos.
Su actividad económica se paraliza, no puede operar, no puede cumplir obligaciones, y el impacto se traduce en despidos.
El daño alcanza a terceros ajenos al conflicto, a su esposa y a otros tres hijos menores, y se profundiza con la pérdida de acceso a vivienda por la caída de un crédito hipotecario.
Durante meses, las presentaciones para levantar el embargo ya saldado no obtienen respuesta.
La medida continúa.
En paralelo, la hija en común —en cuyo nombre se ejecutó el proceso— declara no haber recibido dinero alguno y se traslada a vivir con el padre.
Pasa a vivir el 100% del tiempo con él.
El objetivo de la medida desaparece, pero la ejecución se sostiene.
Meses después, la jueza Natalia Machado sostiene que el embargo no debe levantarse porque los bancos habrían devuelto fondos.
No hay evidencia documental de ello.
Y además, el argumento es técnicamente inviable, directamente fantasioso: los bancos no tienen forma de verificar el estado global de un embargo ni el destino de los fondos en una cuenta judicial. Esa responsabilidad es del juzgado. Aun más grave, la inconsistencia de esa afirmación deja en evidencia que ni siquiera se habría verificado la cuenta judicial, donde consta que el total de los fondos fue retirado por la madre, sin registro concreto de devolución alguna.
Pero incluso si ese escenario fuera cierto, el punto central no cambia:
el embargo ya estaba cubierto.
Y aun así, no se levantó.
El daño siguió acumulándose.
La situación escala hasta afectar el historial crediticio del padre por una deuda mínima generada por el propio embargo, bloqueando completamente su acceso al sistema financiero.
A un año, el embargo continúa vigente.
Ahora el caso avanza hacia una demanda contra el Estado.
Un embargo ya saldado que no se levanta.
Fondos excedentes retirados y cuestionados judicialmente.
Una menor que no recibe el dinero y vive con el padre.
Una actividad económica destruida.
Trabajadores despedidos.
Cuando una ejecución se sostiene aun sin fundamento, deja de ser un error aislado.
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